FERIA EXPOALIMENTARIA 2012 DEL 19 AL 21 DE SETIEMBRE EN LIMA
CAMPAÑA CONDECORACIÓN ORDEN AL MÉRITO DE LA MUJER 2012
DIFUSIÓN E INFORMACIÓN SOBRE LA CARRERA DIPLOMÁTICA EN EL PERÚ
EMPADRONAMIENTO DE LA RESERVA ORGÁNICA DE LA MARINA DE GUERRA DEL PERÚ
APROBACION PLAN NACIONAL DE ACCION CONTRA LA TRATA DE PERSONAS
Reguralización Migratoria Noviembre
Pasaportes manuales pierden vigencia
Servicio de Información al Migrante
Convocatoria Consejo de Consulta
Tarifa de los Derechos Consulares
Misiones Médicas Extranjeras al Perú
Atención al público en general de:
Lunes a Viernes
de 09:00 a 12:00 horas
Entrega de trámites:
Lunes a Viernes
de 13:00 a 15:00 horas
Atención Excepcional
(Primer Sábado de cada mes)
09:00 a 12:00 horas
Excepciones para el 2012:
Por feriados se atenderá el 14 de abril
y
17 de noviembre
Consulado General del Perú en Panamá
Edificio Torres de Las Américas
Torre "C", Piso 15, Oficina 1507
Punta Pacífica,
Ciudad de Panamá
- Frente a Multiplaza -
Apartado Postal: 8322474
Tel: (507) 215-3016 / 215-3285
Fax: (507) 215-3920
Email: conperu@cwpanama.net
A partir del 30 DE OCTUBRE DE 2010 los ciudadanos panameños NO REQUIEREN DE VISA para ingresar al Perú en caso de TURISMO, más si para NEGOCIOS y otros.
* La solicitud de Visa es "PERSONAL".
* Leer, completar y revisar la documentación solicitada.
* La expedición de las Visas será en el mismo dia.
1. Llenar la Solicitud de Escritura Pública con letra de imprenta clara y la solicitud de Expedición de parte de Escritura Pública, en donde debe indicar el nombre de la persona que presentará el parte en Sunarp (ambos documentos están adjuntos abajo).
2. Por disposiciones legales vigentes, no se recibirán solicitudes de Escrituras Públicas si no cuentan con DNI vigente. Se debe adjuntar el texto del poder que solicita y copia del DNI, dicho documento debe estar refrendado por un abogado, debe indicar su Registro de Colegio de Abogados de Lima. En caso que el otorgante sea extranjero, se aceptará únicamente su Pasaporte (o la Cedula de Identidad Personal en el caso de ciudadanos panameños). En este caso, si el otorgante no habla y escribe español deberá intervenir un testigo que participará firmando el Poder, presentando un documento de identidad.
3. No se recibirán escritos informales a mano. Las minutas deben traer el refrendo del abogado o si no será considerada como una escritura sin minuta (esto solo para el otorgamiento de poderes). Puede hacer llegar la minuta a través del correo electrónico: escrituras@cwpanama.net
4. Una vez en el Consulado usted debe acercarse primero a recepción y verificar que toda su documentación se encuentre correcta, deberá verificar también que todos los casilleros en su solicitud, se encuentren llenos. Su número de teléfono deberá permitirnos comunicarnos con usted durante horas de oficina de lunes a viernes, además debe adjuntar solicitud de parte (segundo documento adjunto) en donde debe indicar el nombre de la persona que va a registrar la Escritura en la Sunarp.
5. Dentro de los próximos 5 días laborables, se le llamará por teléfono para coordinar con usted el momento en que el documento se encuentre listo para la firma. Recabar el documento es un trámite absolutamente personal de él o los poderdantes, pues deben firmar y poner su huella digital.
6. El costo referencial de la escritura es de US$ 45.00, en caso de haber más de un apoderado o poderdante deberá pagar US$ 10.00 por cada persona adicional.
7. En caso de solicitar el Testimonio (que es una copia literal de la escritura la cual es solicitada por el interesado para su uso exclusivamente), consular su costo se calcula en base a la cantidad de páginas de este documento, la primera le cuesta US$16.00 y las siguientes US$ 8.00. Sin embargo su familiar luego de inscribir el poder en el Registro Público, puede solicitar un documento que tiene el mismo efecto que el testimonio pero se llama Copia Literal de Escritura Pública y su costo es en soles.
8. El poderdante asume la responsabilidad de verificar que los datos consignados tales como nombre, apellidos, estado civil, ocupación, dirección, identificación, son correctos.
CUALQUIER ERROR INVALIDA UN DOCUMENTO DE ESCRITURA PUBLICA Y TODA MODIFICACION O RECTIFICACION REQUERIRÁ DEL OTORGAMIENTO DE UNA NUEVA ESCRITURA PUBLICA, DE ACUERDO AL ARTICULO 48 DE LA LEY DEL NOTARIADO Y 433 DEL REGLAMENTO CONSULAR DEL PERU, Y TARIFARIO CONSULAR ( 12E, 12H, 13E, 13H).
SOLICITUD DE ESCRITURA PÚBLICA
DATOS DEL SOLICITANTE:
NOMBRE: _____________________________________________________________________
TELEFONOS: __________________________________________________________________
DOCUMENTOS ADJUNTOS: ______________________________________________________________________________
______________________________________________________________________________
______________________________________________________________________________
PARA USO DEL CONSULADO
VERIFICADO POR:
FECHA Y HORA DE INGRESO:
Solicitud: Expedición de parte de Escritura Pública
SEÑORA CÓNSUL GENERAL DEL PERÚ EN PANAMA
Yo, ______________________________________________, identificada(o) con DNI Nº_____________________, domiciliada(o) en_______________________________________
______________________, solicito la extensión de un Parte dirigido a la Oficina de Registros Públicos de la ciudad de ___________________, de la Escritura Pública Nº________de _______________________________________________________ que otorgué ó que otorgó _______________________________________________________ante esta Oficina Consular el ______ del mes de ______ del año _______.
Asimismo, solicitó bajo mi responsabilidad, se indique en dicho Parte que el señor (a)____________________________________________________________ identificado(a) con DNI Nº ___________________________, será quien se encargue de presentar el mismo, a la mencionada Oficina Registral.
______, ____de _____ del 20_
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