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Atención al público en general de:

Lunes a Viernes

de 09:00 a 12:00 horas


Entrega de trámites:

Lunes a Viernes

 de 13:00 a 15:00 horas

 

Atención Excepcional

(Primer Sábado de cada mes)

09:00 a 12:00 horas


Excepciones para el 2012:


Por feriados se atenderá el 14 de abril

y

17 de noviembre

Consulado General del Perú en Panamá


Edificio Torres de Las Américas

Torre "C", Piso 15, Oficina 1507

Punta Pacífica,

Ciudad de Panamá

- Frente a Multiplaza -



Apartado Postal: 8322474


Tel: (507) 215-3016 / 215-3285


Fax: (507) 215-3920


Email: conperu@cwpanama.net

Visas para ciudadanos Panameños

A partir del 30 DE OCTUBRE DE 2010 los ciudadanos panameños NO REQUIEREN DE VISA para ingresar al Perú en caso de TURISMO, más si para NEGOCIOS y otros.



* La solicitud de Visa es "PERSONAL".

* Leer, completar y revisar la documentación solicitada.

* La expedición  de  las  Visas  será  en  el mismo dia.

¡ AVISOS DE INTERES !

¿Cuándo obtenerlo?


Cuando se obtiene la mayoría de edad, es decir a los 18 años, es obligatorio.


Los menores de edad pueden ser inscritos a solicitud de sus representantes legales.

Si aún cuenta con la Libreta Electoral manual o la Libreta Electoral color verde de 07 dígitos, ambos documentos ya perdieron vigencia.


Cuando radique en el extranjero y la dirección domiciliaria que figura en su documento de identidad es la de Perú.


Cuando cambie su estado civil a casado, divorciado o viudo para mantener actualizados sus datos.

En los casos de pérdida, robo, destrucción o deterioro de su DNI.


Sin necesidad que se presenten las situaciones antes descritas, el titular podrá solicitar, de manera libre y voluntaria, la emisión de su DNI (aprobado por Resolución Jefatural Nº 356-2005-JEF/RENIEC).

 


¿Dónde obtener el DNI?


En el Consulado Peruano de la jurisdicción donde reside.


Nota:

En caso de viajar temporalmente al Perú, también puede tramitarlo en cualquiera de  las Agencias RENIEC en el Perú a nivel nacional.

En ambos casos debe consignar la dirección de su domicilio.

DNI - Formato ISO ID-2

¿Qué es el DNI?


El Documento Nacional de Identidad (DNI), es un documento público, personal e intransferible. Constituye la única cédula de Identidad Personal para todos los actos civiles, comerciales, administrativos, judiciales y, en general, para todos aquellos casos en que, por mandato legal, deba ser presentado. Constituye también el único título de derecho al sufragio de la persona a cuyo favor ha sido otorgado.


El RENIEC otorga el Documento Nacional de Identidad (DNI) a todos los peruanos nacidos dentro o fuera del territorio de la República. Para los peruanos en el extranjero el servicio es brindado a través de los Consulados del Perú, en concordancia con los artículos 26, 31 y 8 de la Ley N° 26497.


Mediante Resolución Jefatural Nº 356-2005-JEF/RENIEC, del 15 de marzo del 2005, se aprueba el DNI en formato estándar internacional ISO ID-1 para tarjetas de identificación, similar al tamaño de una tarjeta de credito; en reemplazo del formato ISO ID-2. Tiene las siguientes dimensiones: 8.54 cms. de ancho, por 5.4 cms. de alto en posición horizontal, y contiene la misma información, características y elementos de seguridad que el formato de Documento Nacional de Identidad anterior (ISO ID-2).


El cambio del DNI en el nuevo formato (ISO ID-1), emitido apartir del 18 de Marzo 2005, NO ES OBLIGATORIO, razón por la cual el formato anterior (ISO ID-2) no pierde su vigencia.


DNI - Formato ISO ID-1
(Aprobado por Resolución Jefatural Nº 356-2005-JEF/RENIEC)

  

Sólo emergencias para peruanos:

(507) 6677-5098 (no llamar por visas)

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